Imagen de la noticia Subvenciones para la realización de talleres de formación y empleo en entidades locales

Subvenciones para la realización de talleres de formación y empleo en entidades locales

EmpleoEntidades Locales

Los Talleres de formación y empleo se configuran como programas que tienen por objeto mejorar la empleabilidad de las personas desempleadas combinando el aprendizaje y la formación con un trabajo productivo, con la finalidad de promover su inserción laboral.

Dirigido a 

Los Talleres de formación y empleo subvencionables a través de esta convocatoria podrán ser promovidos por Entidades locales, sus organismos autónomos y entidades dependientes o asimiladas a las mismas, cuya titularidad corresponda íntegramente a dichas entidades locales, todas ellas del ámbito geográfico de la Comunidad Foral de Navarra.

Durante la ejecución del proyecto, se desarrollarán obras o servicios de utilidad pública o de interés social, que posibilitarán al alumnado trabajador la realización de un trabajo efectivo que, junto con la formación profesional para el empleo recibida, procuren su cualificación profesional y favorezcan su inserción laboral.

Plazo

Las solicitudes podrán presentarse a partir del día siguiente a la fecha de publicación de la convocatoria en el “Boletín Oficial de Navarra”. El plazo de presentación finalizará el 12 de diciembre de 2022.

Detalle de los proyectos:

Los talleres de formación y empleo tendrán una duración de 6 meses, que se desarrollarán entre el 1 de enero y el 31 de octubre de 2023 y estarán dirigidos a un grupo de entre 8 y 20 personas.

El proyecto tendrá, necesariamente, el siguiente contenido:

1. Contenido formativo

  1. El alumnado recibirá formación en competencias técnicas adecuada a la ocupación a desempeñar, según el plan formativo incluido en la memoria. El programa formativo se construirá con los certificados de profesionalidad, completos o módulos recogidos en el Anexo I, y/o las especialidades formativas contenidas en el anexo II a estas bases.
  2. Además, las entidades beneficiarias deberán programar la formación complementaria descrita en la base 6.3.a.2 de la convocatoria.

2. Trabajo efectivo

Durante toda la duración del proyecto, se suscribirá con el alumnado trabajador un contrato de formación en alternancia, para realizar la obra social prevista en el proyecto y percibirá las retribuciones salariales que les correspondan.

Compartir en: